dimarts, 14 de juliol del 2009

Una discussió entre filòsofs sobre la Síndrome d'Alienació Parental IV

Hola José Luís.
Aquí va mi réplica en negro a tus argumentos en rojo. Tus escritos me han obligado a afinar bien mis razones.
Cordialmente
Enric

El SAP no es ningún síndrome o trastorno oficial, no está recogido en el DSM.

Este es uno de los argumentos más ridículos que ofrecen los negacionistas del SAP, hay que agradecer que al menos la AEN no lo haya usado

El SAP fue descrito por primera vez a finales de los años 80 y la última actualización del DSM (DSM-IV) fue en 1994. No es de extrañar que no hubiera tiempo para que lo incluyeran, ya que exigen años de estudios y publicaciones. En aquella época la investigación sobre el SAP estaba en su inicio.

De todas maneras lo que me parece más grave es la apelación a transtorno "oficial", es decir que si la Autoridad no lo sanciona, no hay transtorno. Un caso inverso es el de la homosexualidad, que hasta 1974 estuvo incluida en el DSM como patología y como tal fue tratada por numerosos profesionales que pretendieron "curarla".

Es interesante que, hasta la aparición del artículo de la AEN -con toda su autoridad y prestigio-, éste fuera el principal argumento de los negacionistas. Uno de los más conocidos, el Dr. Miguel Lorente Acosta, actual delegado del gobierno para la Violencia Doméstica, un fanático misándrico que sin embargo sí que habla del "Síndrome de Estocolmo" -que tampoco está incluido en el DSM a pesar de lo mucho que ha sido usado para describir y comprender situaciones de estrés- y hasta del "Sindrome de la mujer maltratada" que creo que sólo aparece únicamente en sus propios libros.

Hay que añadir que -al menos en lengua castellana- el gran negacionista del SAP ha sido el catedrático de psicología de la Universidad de Buenos Aires Jorge Corsi, íntimo compañero de Lorente Acosta. Ambos han participado en numerosos cursos y conferencias organizados por los lobbies feministas españoles (que gozan de suculentas subvenciones) de los que yo llamo feminismo del resentimiento (para distinguirlos de otros feminismos) y es el que proporcionaba los argumentos contra el SAP que habitualmente se usan en esa clase de foros. Lo más curioso es que en 2008 lo encarcelaron por pederasta. Curioso o paradójico porque uno de sus argumentos era "hay que creer siempre al menor" y ha sido encarcelado en base a las declaraciones de un menor. El tema da para mucho, espero que alguien lo investigue y lo explique

Pero lo importante, según expone el artículo de la AEN (que por cierto, me equivoqué de número, este es el número de la revista donde aparece el artículo), es que los criterios del síndrome no permiten distinguir entre abuso real y abuso falso, sino que todos ellos, en su definición, presuponen esto último, que es precisamente lo que se cuestiona.

¿De qué manera justifica la AEN que los criterios del síndrome presuponen que TODOS los abusos son falsos? De hecho, ¿quien podría presuponer de entrada que todo abuso es falso?; más que un profesional, seria un tarado. Otra cosa es que cuando se llega a establecer un diagnóstico SAP implica que el abuso denunciado no es real. El problema de la argumentación de la AEN es que su conclusión implícita es que NUNCA pueden haber abusos falsos, lo que medio irónicamente digo en mi trabajo "algo habrá hecho(aunque no pueda demostrarse) " (pags 36-39)

Recomiendo a quien quiera leer el artículo, a mi entender claro y de muy notable interés con independencia de la conclusión que uno saque del mismo. Los criterios diagnósticos son expuestos en las páginas 291-293.

Los criterios diagnósticos del SAP (expuestos por Gardner en los 80) no están expuestos en esas páginas. (pueden leerse en aquí en pags 81 y ss.). Ahí ya empiezan con la verborrea lingüistico-postmode rna en que escogen las frases que más les convienen para construir su desacreditació n ad-hoc. En las páginas 22 y 23 de mi trabajo me he ocupado de esto y no lo voy a repetir, aunque además podría haber añadido de como al hablar del criterio nº 5 (pg 93) hacen una fina interpretació n del redactado de Gardner para concluir "la adjudicación del papel de progenitor alienador a las madres es claro en este fragmento"; es decir (como trato de explicar en la 2ª parte de mi tesis) forzar los significados para que se adecuen a sus presupuestos no explicitados: el SAP es sexista, no existe, etc

Recomiendo leer igualmente el apartado “La cláusula de exención” en la misma página 293. No es, por tanto, una cuestión de correlación empírica, acerca de cuándo coincide que el diagnóstico es erróneo porque hay abusos reales y cuándo es correcto porque no los hay. Es una cuestión de definición, de ambigüedad y presupuestos injustificados en los propios criterios diagnósticos.

Sobre esto he escrito en la pg. 23. ¿Por qué no es una cuestión de correlación empírica? A mi entender, siguiendo los principios de falsar teorías científicas, la manera de demostrar que el SAP no sirve tendría que ser a través de un estudio de casos. Ahí es donde se puede probar esa "cuestión de definición y de ambigüedad", si no estamos cayendo en una cuestión de mera autoridad: "es ambiguo porque lo digo yo".. ¿Y cuales son los presupuestos injustificados en los propios criterios diganósticos? ¿Que el SAP es sexista, que se usa contra las mujeres para "disuadirlas de abandonar su pareja cuando hay violencia de género" como reza el abstract, que da por supuesto que todas son mentirosas (y los niños también) y que los varones no maltratan? De eso me he ocupado en mi trabajo precisamente y por eso los acuso de farsantes y de psicocharlatanes, porque no abordan la cuestión desde su competencia de neuropsiquiatras (ahí yo no tendría nada que decir, pues no es mi especialidad) sinó que se dedican a hacer ideología barata sustentada en un discurso pseudo-postmoderno en el cual, además de bastante incompetentes a la hora de construirlo, no tienen la honestidad de reconocer los presupuestos (para mi injustificados) desde donde lo construyen. Esos presupuestos se basan en el dogma de que sólo puede haber un maltratador: el varon, por tanto cualquier constructo que se aparte de ese dogma incontestable es inválido o sospechoso. Esto es lo que he tratado de hacer en la 3ª parte de mi trabajo.

Los criterios diagnósticos de los trastornos psicológicos son puramente descriptivos, de síntomas, sin entrar en la etiología causal de los mismos. Así ocurre con todos los trastornos especificados en el DSM (salvo excepciones en las que se alude disfunción orgánica o consumo de sustancias). Si se cumplen los síntomas observables, se aplica el diagnóstico del trastorno, pues éste no consiste sino en el conjunto definido de tales síntomas, nada más.

Sobre los criterios de los transtornos en el DSM no puedo pronunciarme pues no lo conozco, así como esto de que son descriptivos y no causales. Sin embargo no creo que en psicología y psiquiatría "si se cumplen los síntomas observables, se aplica el diagnóstico" de una manera rígidamente causal como es habitual en medicina ("Si Vd. está amarillo, tiene ictericia"). Lo propio de las disciplinas "PSI" es que además de la explicación causal requieran comprensión, y creo que la mayoría de los profesionales así trabaja. Precisamente nosotros, desde el AF, vindicamos que estas disciplinas psi- se han apropiado de herramientas y prácticas que desde siempre han pertenecido a la filosofía. Acusar al SAP de "síndrome puro" y de rigidez causal ("el rechazo infantil sólo puede tener una unica casua: la madre") forma parte de las deformaciones con las que la AEN ha tratado de forzar su desacreditació n; dudo que ningún profesional -y más con lo controvertido de este tema- aplique estos criterios como un recetario a una máquina, que según los inputs se obtienen invariablemente ciertos outputs

El problema con el SAP es que sus criterios diagnósticos, sus síntomas observables, sólo pueden ser calificados así en función de un presupuesto que no es observable, la ausencia de abuso; es en función de este presupuesto no constatado como se interpretan y definen los criterios diagnósticos: la actitud negativa del infante hacia uno progenitor y positiva hacia el otro.

Obviamente la ausencia de X es algo no observable. Lo contrario es imposible. L0 que no sé es quien dice -entre los investigadores SAP- que "desde este presupuesto no constatado se interpretan y definen los criterios diagnósticos" .
Simplificando groseramente: un infante rechaza al progenitor A y quiere a B; O bien B ha manipulado al infante para que rechace a A (al observar al menor se muestra que sus razones no se justifican -cumple con los criterios diagnósticos) y por tanto se diagnostica SAP o bien A ha maltratado al menor (al observar al menor se muestra que su rechazo está justificado) y por tanto ahí no se aplica el diagnóstico SAP. La ausencia de abuso no se presupone, más bien sucede lo contrario: ante una acusación de abuso la ley siempre actúa apartando al presunto abusador, si después no se demuestra su culpabilidad es cuando se empieza a sospechar SAP. De hecho, ante las acusaciones más graves como las de abuso sexual, por lo delicado del tema y por curarse en salud de los que intervienen, más que probar la culpabilidad, lo que se requiere es probar la inocencia, lo que se llama probatio diabolica, es decir probar la ausencia de abuso. La probatio diabólica , típica de la Inquisición ("demuestra que no tienes tratos con el diablo") es muy difícil. Por eso el caso de aquel hombre (puse un link en mi anterior post) que se pasó meses en la carcel por falsa acusación de sus propios hijos de abusos sexuales. O como los negacionistas del 11M: "No está demostrado que ETA no haya sido". Es obvio. Tampoco está demostrado que yo no interviniera, ni es trabajo de ningún tribunal demostrar un caso negativo.
Como dije en mi trabajo (pg 37) , en la jerga de algunos investigadores del SAP se habla de la falsa acusación de abuso sexual como la “bala de plata”, ya que ante una denuncia semejante la ley interviene inmediatamente alejando el presunto agresor, con lo cual el alienador tiene el campo libre para implementar su programa de rechazo en el menor sin interferencias. Si con el transcurrir del tiempo el acusado sale absuelto, le resulta ya prácticamente imposible reestablecer el vínculo con el hijo adoctrinado.

El artículo de la AEN se remite a los textos del creador del SAP, Richard Gardner, y a los criterios diagnósticos por él propuestos hasta bien entrado el siglo xxi. Yo no conocía nada del SAP antes de leer este artículo e ignoro si en la literatura reciente se establece y añade algún otro criterio, claro y fiable, que permita distinguir cuándo la actitud del infante está motivada por un abuso real y cuándo por la alienación de un progenitor contra el otro. (Algún criterio observable, se entiende, en la conducta del infante, no el añadido ad hoc al realidad o irrealidad del abuso, aludido en la ya indicada cláusula de exclusión). Si es así, yo creo que entonces la cuestión tiene fácil solución, pues basta indicar en qué consiste tal criterio o conjunto de criterios. Quizás lo indicabas en tu artículo y se me ha pasado por alto, pues ya dije que lo leí por encima, pero no reparé en nada parecido.

He repasado la bibliografia SAP que ahora tengo disponible (está citada al final de mi trabajo, en la bibliografia) y veo que el libro de Aguilar dedica un capítulo de 12 páginas a los criterios y otro capítulo de 10 páginas "Nuevas consideraciones. Extensión de los criterios" y el libro de Asución Tejedor le dedica un capítulo de 37 pgs. Mi artículo no propone ni trata de los criterios del SAP, pues hago crítica epistemológica. No me parece que el tema sea proponer EL criterio diagnóstico (o conjunto de ellos) que por fin permita señalar de forma causal inequívoca si el progenitor aceptado manipula o el rechazado abusó. Ya he dicho que las disciplinas psi están más en la comprensión que en la explicación causal. Gardner propuso 8 criterios y esos autores los adaptan y los desarrollan. Hasta donde yo sé, quien más ha modificado (y critcado) Gardner ha sido Bolaños (pag 42 de mi trabajo). La gran diferencia con la AEN es que Bolaños realiza esas revisiones y críticas desde su trabajo empírico.

También me parece una dicotomía extremadamente rígida hablar de "realidad o irrealidad del abuso". Más alla de los casos extremos (acusaciones de abuso sexual), hay progenitores más competentes o más torpes a la hora de tratar con sus hijos. El rechazo filial tiene muchas gradaciones (leve, extremo...) y la competencia parental también. Recuerdo que en la primera sentencia de cambio de custodia por SAP en España, la madre decía que la niña rechazaba al padre porque se la llevó a la fuerza cuando miraba los dibujos animados. Esto no parece abuso (aqunque la madre le pareciera que sí lo era), pero tampoco irrealidad de abuso (como supongo debía aducir el padre). Hasta donde yo he visto, los que tratan con SAP no acuden a rígidas dicotomias causales de sí o no (hay abuso, hay SAP...) sino que tratan de comprender la dinámica relacional en la que el infante está inmerso y si en esta dinámica hay maltrato. Por eso en mi trabajo yo sí que hablo de etiología (apartado 3..2, pag 33 i ss.), cosa que sorprendentemente (o más bien maliciosamente) no hace el artículo de la AEN

Está claro que tan absurdo sería aplicar por sistema el SAP como negar por sistema su posibilidad. Pero yo no entendí que la AEN abogara por esto último, sino sólo por denunciar la inadecuación de un criterio (el diagnóstico de SAP) que no sirve para lo que se supone que ha de servir (distinguir abusos reales de falsas denuncias) en tanto que presupone precisamente aquello que debería demostrar.

No es esto lo que yo he entendido de la AEN, pues de su trabajo se deduce que niega por sistema la posibilidad del SAP ya que no sirve para lo que pretende (sólo sirve para amedrentar a las mujeres) . Y así se ha aplicado su trabajo. Te recomiendo que leas las páginas 36-39 de mi trabajo en donde hablo de la sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya. En mi opinión el artículo de la AEN está lleno de incoherencias y contiene algúnos disparates gordos como el abstract. Es lo que he tratado de describir y analizar en la 2ª parte de mi trabajo. Y en la 3ª parte trato de interpretar (crítica textual, pragmática de la que tanto hablan esos Drs.) desde donde han construido semejante discurso (el dogma postmoderno de que sólo el varon puede ser agresor, y cualquier variación de ese dogma es inadmisible) , por eso al final acabo comparándolos con la ciencia del psiquiatra Dr. Vallejo-Nájera.

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